El Pleno del Consejo Regulador de la DOCa Rioja ha aprobado las ‘Normas de Campaña’ para la vendimia 2019. Acuerdo que, este año, cierra rendimientos diferentes atendiendo al color de la uva.El acuerdo de este año contempla la entrada en bodega de un rendimiento equivalente al 110% del establecido para variedades tintas y 106% del determinado para variedades blancas. El rendimiento de transformación será del 71%.
Como se recordará, el pasado mes de octubre el Pleno del Consejo Regulador acordó un rendimiento de campaña del 101% y uno de transformación del 71%. Además, fruto de las mejoras operativas derivadas de la experiencia, las normas añaden una revisión de la figura del stock cualitativo voluntario, sistema aprobado el año pasado que pretende preservar la sostenibilidad cuantitativa y cualitativa y que opera a nivel individual y colectivo. Como novedad, este año el stock será aplicado únicamente a uva tinta y cambia el sistema anterior que se basaba en una constitución de renuncia, de manera que este año se hace necesario que viticultor y bodega formalicen su acuerdo presentando el documento antes de efectuar la declaración de elaboración y, como tarde, el 15 de noviembre. Se recuerda que el stock se constituirá en una sola bodega.
En el caso de las uvas tintas, el rendimiento de campaña será del 110% (hasta 7.150kgs): el máximo amparable será hasta de 6.565 kgs. por hectárea, equivalente al 101% del establecido. Sobre los 585 kgs. restantes (9%), el viticultor, de común acuerdo con la bodega en la que se entreguen, podrá constituir un stock cualitativo.
En el caso de las uvas blancas, el rendimiento de campaña será del 106% (hasta 9.540kgs): el rendimiento máximo amparable será hasta de 9.090 kgs. por hectárea, equivalente al 101% del establecido. Los 450 kgs. restantes (5%) serán admitidos como provenientes de desviaciones por causas climatológicas y la transformación que resulte será vino no amparado. En lo que se refiere al rendimiento de transformación, el ratio para este año se fija en 71 litros de vino por cada 100 kg. de uva, cifra que es diferente para los vinos procedentes de Viñedos Singulares (65%) y para los espumosos – blancos y rosados – de calidad (62%).
Con carácter excepcional, si a resultas de las entregas se rebasase el Rendimiento de Campaña, no se derivarán consecuencias negativas para el viticultor, siempre y cuando no se haya excedido el rendimiento máximo contemplado en el Pliego de Condiciones. La transformación de las entregas que excedan del Rendimiento de Campaña se destinará, en tal caso, a destilación. Además de las modificaciones llevadas a cabo durante este año, el Pleno corrobora el compromiso asumido y plantea la revisión de la figura del stock en 2020 con objeto de seguir mejorándolo, haciéndolo atractivo y adecuándose a las necesidades de los operadores.
El pliego, además, añade que se deberá comunicar previo al inicio de la vendimia las elaboraciones de carácter especial, que entre otras serían las de vinos blancos y rosados fermentados en barrica, así como dulces y semidulces.
Desde la dirección del Órgano de Control se ha dado cuenta de la evolución del proceso de implantación a la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 tras la primera auditoría ENAC, valorando de manera muy satisfactoria los primeros pasos tramitados por parte de las bodegas, proceso en el que muchas de ellas llevan trabajando como ‘piloto’ desde hace más de un año mostrando una gran capacidad de adaptación. Será ahora cuando el Consejo Regulador haga llegar a todos los operadores la solicitud y el contrato de certificación que deberán devolver, correctamente cumplimentados, antes del inicio de vendimia o, en su defecto, del 1 de septiembre.
Además, desde los Servicios Técnicos del Consejo Regulador informan de un estado sanitario óptimo y una situación vegetativa extraordinaria, propia de una campaña que parecería moverse en fechas habituales.