La comisión europea ha modificado el reglamento de prácticas enológicas y el que regula la indicación de esas prácticas en los registros del sector vitivinícola. La finalidad de ello es tener en cuenta los avances técnicos y ofrecer a los productores de la Unión las mismas posibilidades de las que disponen los productores de terceros países, como así lo indica la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV).
De esta manera se añaden tres prácticas a la normativa: el tratamiento con tecnología de membranas asociada a carbón activado, la utilización de copolímeros de polivinilimidazol-polivinilpirrolidona, y la utilización de cloruro de plata.
En el primero de los casos, se permite el uso de las membranas asociadas a carbón activado para reducir el exceso de 4-etilfenol y de 4-etilguayacol en los vinos que, de origen microbiano, enmascara los aromas en el vino. Los copolímeros, por su parte, además de en vinos se pueden utilizar en los mostos siempre y cuando su uso sea dentro del límite de 500 mg/l. Con ellos se pretende prevenir los defectos causados por contenidos de metales demasiado altos y reducir concentraciones elevadas no deseables de metales.
Por último, el cloruro de plata se permite en los vinos también con un límite de utilización de 1 g/hl. Con él se elimina la fermentación y los olores anormales debidos al almacenamiento y causados por reacciones de reducción caracterizadas por la presencia de sulfuro de hidrógeno y tioles.